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Nuevas obligaciones en los software de facturación

27 Oct 2021

El pasado 10 de julio de 2021 se publicó en el BOE la Ley 11/2021, de 9 de julio , de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal. Este texto pretende introducir medidas para luchar y prevenir el fraude fiscal imponiendo más control tributario. Esta nueva ley entró en vigor el 11 de octubre de 2021 y va dirigida a los fabricantes, comercializadores y usuarios de sistemas de gestión que gestionen facturación y contabilidad.

Uno de los objetivos de la norma, es tratar de parar la manipulación de la facturación y los datos contables resultado de utilizar sistemas de gestión informáticos o electrónicos. Todo esto está dentro de las líneas de actuación de los Planes de control tributario que la AEAT lleva años trabajando.

 

¿En qué consiste la obligación?

La nueva ley prohíbe la producción y tenencia de programas informáticos que permitan la manipulación de los datos contables, facturación o de gestión. Queda prohibida la fabricación, comercialización o tenencia de dichas soluciones de gestión.

Dicho esto, los programas informáticos que soporten los procesos contables, de facturación y de gestión deberán garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

Es posible que en un futuro se pueda aplicar la obligación de que los sistemas de gestión antes nombrados estén certificados y utilicen formatos estándar para su legibilidad.

Esta obligación va dirigida tanto a los productores y comercializadores de estos programas de gestión como a los usuarios ya que la norma dice que está prohibida la tenencia de dichas soluciones de gestión.

Como toda ley, el incumplimiento de la misma lleva una sanción asociada. Por un lado, si la infracción la cometen los fabricantes, productores y comercializadores de estos programas informáticos que concurran en circunstancias prohibidas, la sanción consistirá en una multa pecuniaria fija de 150.000€ por cada ejercicio económico en el que se hayan producido ventas y por cada tipo de sistema que sea objeto de infracción. Por otro lado, los usuarios que tengan (aunque no se usen) programas informáticos prohibidos, la sanción consistirá en una multa pecuniaria fija de 50.000 € por cada ejercicio en el que se hayan tenido dichos sistemas.

Las soluciones de CEI siempre al día

Todas las soluciones de gestión que desarrolla o comercializa CEI Europe cumplen con esta nueva normativa. Desde CEI Europe estamos siempre a la última en materia legal, por eso, software como QuoHotel, QuoBuilding, QuoRealEstate (y todo nuestro catálogo de soluciones) cumplen con toda la normativa publicada en el BOE.

La lucha contra el fraude fiscal es un compromiso por parte de todos tanto de proveedores de software de gestión como del Estado como de los clientes. Por eso, adaptamos nuestras soluciones conforme indica la ley para garantizar un correcto funcionamiento dentro de la legalidad existente.

Para más información puedes consultar la ley en el Boletín Oficial del Estado y si tienes alguna duda puedes contactar con CEI Europe en info@ceieu.ai.

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